sábado, marzo 29, 2008

Desfiladero

Jaime Avilés

■ Calderón vendió Pemex en California

■ Se comprometió con gaseras de México y Canadá

■ Despilfarró 19 millones de pesos el 15 de septiembre

Durante una reunión patrocinada por Igasamex –conglomerado de firmas de México y Canadá, que hacen negocios con gas natural y productos petroquímicos–, Felipe Calderón aseguró que “61 por ciento de los mexicanos está en favor de una reforma” que modifique el régimen legal de los hidrocarburos en nuestro país.

También dijo que durante los próximos 10 años, “México requerirá una inversión de 140 mil millones de dólares para desarrollar su energía”, y garantizó que, en materia de petróleo y gas natural, “el potencial de nuestro país es enorme”, y subrayó este adjetivo, “enorme”, antes de advertir que no podía “hablar de muchas cosas (al respecto) porque es un tema muy peligroso en términos políticos y si queremos ir hacia delante hay que hacerlo paso a paso”.

Sus palabras quedaron registradas en un video que grabó el Instituto de las Américas, en una charla que Calderón sostuvo con el ex embajador de Estados Unidos en México, Jeffrey Davidow en La Jolla, California, el 10 de noviembre de 2003. (Ustedes pueden consultarlo en YouTube, bajo el nombre de “Encuentros: Davidow and Calderon November 2003”).

¿Qué insinuó el entonces secretario de Energía con eso de “si queremos ir hacia adelante hay que hacerlo paso a paso”? Claro: que tenía que obtener, primero, la candidatura del PAN a las elecciones de 2006 y después llegar a Los Pinos “como haiga sido”. Aquel encuentro con Davidow en realidad fue una entrevista de trabajo, en la que el autodenominado “presidente del empleo” le pidió a Estados Unidos el empleo de presidente de México.

La comparecencia fue auspiciada por la Reinhart Foundation, de San Diego, California, que fomenta “proyectos para México y Guatemala” bajo el lema “ayudando a otros a ayudarse a sí mismos”, y por el consorcio Servicios Integrados de Gas de México (Igasamex, en inglés) que en su página web se anuncia como una empresa establecida en 1996, dueña de “13 gasoductos en México con los cuales sirve a 86 clientes que representan todas las ramas de negocios del país”.

De acuerdo con su propio portal, Igasamex tiene presencia en todo el Golfo de México, desde Altamira, Tamaulipas, hasta Yucatán, pero, ojo, no en Campeche, territorio exclusivo de la familia Mouriño. Socios de Igasamex, y por lo tanto copatrocinadores del encuentro de Calderón con Davidow, fueron asimismo Fergus Thermes, Corporativo San Ángel y Saks Energy.

Fergus Thermes, “empresa mexicana con 60 años de experiencia”, posee una múltiple personalidad que le permite fabricar equipos de refrigeración, importar/exportar petroquímicos, alquilar bodegas en el estado de México y oficinas en la colonia Del Valle y dar toda clase de asesorías, mientras Corporativo San Ángel, con oficinas en la calle de Altavista, DF, lleva “80 años distribuyendo combustóleo, diesel y combustibles marinos”, desde que alguien la fundó en 1927 y, por lo visto, no se enteró de la expropiación petrolera de 1938. Lo misterioso del asunto es que en Internet, ni Fergus Thermes ni Corporativo San Ángel revelan los nombres de sus propietarios, como tampoco hacen los de Sask Energy, que “suministra gas natural a 314 mil clientes a través de 64 mil kilómetros de ductos en Canadá”.

Estos magnates sin rostro impulsaron la precandidatuta de Calderón ante Davidow, un embajador de carrera que estuvo en Chile antes y después del golpe contra Salvador Allende, más tarde en países petroleros de África y por último en México, donde se jubiló a mediados de 2001, antes de asumir, en junio de 2003, la presidencia del Instituto de las Américas, creado por intelectuales de la Universidad de California en San Diego para “promover discusiones y debates sobre políticas públicas en países de la región”.

Aquella noche de noviembre de 2003, Davidow dijo que Calderón estaba sentado en “la silla más caliente del gabinete de Fox” y le pidió su opinión sobre la industria petrolera. El aspirante al empleo, hablando un inglés de campesino pese a que estudió en Harvard, dijo, además de todo lo que ustedes ya han leído, que México “requiere de una reforma fiscal que le permita librar a Pemex de la tremenda carga impositiva que soporta”.

Hoy, esa reforma fiscal, diseñada por Agustín Carstens, es todo un hecho, pero Pemex no se libró de ninguna carga impositiva. Por lo tanto, Calderón propuso una “solución” que se llevó a la práctica y no sirvió absolutamente para nada. ¿Por qué habrían de funcionar entonces las medidas que desea aplicarle a Pemex para cumplir sus compromisos secretos con Igasamex, Saks y las petroleras anglosajonas?

En una sociedad democrática, una reforma como la que pretende la derecha (Manlio Fabio Beltrones incluido, a estas alturas no va a engañar a nadie con sus desplantes y sus alianzas con lo peor del hampa política), tendría que empezar por un debate a fondo, difundido por todos los medios y con la participación de todos los sectores, después de lo cual, como siguiente paso, debería efectuarse un plebiscito nacional, cuyo resultado determinaría, por último, la conducta de los legisladores en las cámaras. Esto, como todos sabemos, no es posible en México. Aquí no sólo no existe la figura del plebiscito sino que tampoco contamos con instituciones electorales confiables.

Aparte de perder el debate antes de iniciarlo, Calderón se quedó sin mano derecha para negociar nada, y al llegar a la ceremonia del 18 de marzo en compañía de Juan Camilo Mouriño y declamar asombrosamente que “quien viola la ley ofende al prócer”, convirtió el homenaje a Benito Juárez, como bien señala Joaquín Romo de Vivar desde Monterrey, “en un homenaje a Maximiliano que ofende a todo el país”.

Pero si la sociedad mexicana está preocupada por Pemex, y más activa que nunca (hay quienes ya no duermen porque se pasan la noche quemando cds para divulgar información contra el anuncio del tesorito), otros fiscalizan a Felipe Calderón y descubren, como Óscar A. García, del portal de la resistencia atsyber, que el 15 de septiembre pasado el gobierno espurio despilfarró 19 millones de pesos en el Zócalo.

De acuerdo con un reporte del IFAI, los gastos del Grito ascendieron a 18 millones 813 mil 743 pesos, que fueron repartidos así: 6 millones 207 mil pesos para “talento artístico” (?); 320 mil pesos para la conductora Mariana Seoane (que estuvo imitando a Gabriela Cuevas), 2 millones 282 mil pesos para la banda El Recodo y 2 millones 800 mil pesos para K-Paz de La Sierra (cuyo vocalista fue asesinado por el narcotráfico tiempo después). ¿Este es el gobierno que merecen los mexicanos?

jueves, febrero 14, 2008

LA PROTESTA ES UN DERECHO, LA REPRESIÓN UN DELITO

De la Secretaría Ejecutiva de la RED-TDT


CAMPAÑA CONTRA LA CRIMINALIZACIÓN
DE LA PROTESTA SOCIAL



Violencia Estructural en México

En México vivimos una lacerante violencia estructural ejercida por las instituciones y el sistema social. La violencia estructural es aquella que en la que se manifiesta tanto la desigualdad como la represión. Es, además, una violencia legalizada que se corresponde con las injusticias estructurales: económicas, sociales, por discriminación sexual y racial, de desigualdad de oportunidades, de marginación, de hambre y de pobreza, y de violación a derechos humanos. Es estructural porque al reproducir las estructuras sociales injustas y sus conflictos, reproduce la desigualdad del orden social institucional y legal existente.

La pobreza constituye una violación generalizada a los derechos humanos, en particular de los derechos sociales básicos. Según cifras conservadoras, en México el 42% de la población vive en la pobreza, y casi el 14% vive en pobreza extrema. Según el propio Banco Mundial la pobreza en México es del 50%. Esta violación generalizada se torna más escandalosa si consideramos que Carlos Slim, el hombre más rico del mundo, concentra casi el 8% del PIB en México y que las 38 familias más ricas de México concentran el 14.4% del PIB mientras que el 10% (más de 10 millones) más pobre recibe el 1.6% del PIB y el 60% de la población más pobre (más de 60 millones de personas) concentra tan sólo el 27.6%.del PIB. Según el PNUD, si se transfiriera tan sólo el 5% del ingreso del 20% más rico de la población en México a los más pobres, aproximadamente saldrían de la pobreza 12 millones de mexicanas y mexicanos.

Esta indignante desigualdad que se vive en México, no sólo es económica, sino que se refleja en el goce y disfrute de todos los derechos humanos. Como señala Amnistía Internacional en México existen leyes sin justicia. A los más pobres se les niegan, además de sus derechos sociales, sus derechos civiles básicos: no tienen protección contra la violencia policial y varias formas de violencia privada; se les niega el acceso igualitario a las instituciones del Estado y los juzgados; sus domicilios pueden ser invadidos arbitrariamente; y, en general, están forzados a vivir una vida no sólo de pobreza sino también de humillación recurrente y miedo a la violencia, muchas veces perpetrada por las fuerzas de seguridad que supuestamente deberían protegerlos. Este sector de la población no solo son materialmente pobres, sino también legalmente pobres. Los penales en México no están habitados en general por los delincuentes más peligrosos, sino por los más pobres y en cambio es poco común que personas acaudaladas sean condenadas por los delitos que cometieron.

Esta violencia estructural se refleja también en los altos niveles de violencia y discriminación que existe en México contra las mujeres, contra las personas con preferencias sexuales diferentes, contra las y los niños y jóvenes contra los pueblos indígenas.

Asimismo, esta violencia estructural existente se ha ido ampliando mediante cambios legislativos que la profundizan y legalizan. Un ejemplo de lo anterior han sido las reformas a la ley del ISSSTE y del IMSS y la flexibilización laboral que reducen los derechos de los trabajadores; la reforma que se dio al artículo 27 Constitucional para eliminar la inalienabilidad de la tierra dejando a los campesinos desprotegidos; la propuesta de reforma a las normas de estaciones migratorias que tratan a los migrantes centroamericanos como delincuentes; la criminalización de los usos y costumbres de los Pueblos Indígenas; la restricción del derecho a huelga; etc.


LEGALIDAD, ESTADO DE DERECHO, DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS

Actualmente, los contenidos de los conceptos de Legalidad, Estado de Derecho, Democracia y Derechos Humanos están en disputa. Cuando el Gobierno mexicano habla de legalidad, estado de derecho y democracia, no está hablando de lo mismo que se entiende por estos conceptos desde los derechos humanos, sino que habla desde el autoritarismo.

La legalidad de la que habla Calderón es una ‘mera legalidad’, que consiste en la autorización legal para utilizar la violencia, sin una rígida vinculación a la ley misma. Una ‘mera legalidad’ que se vale de figuras delictivas dotadas de cierta elasticidad, no taxativas que dejan el campo libre a la arbitrariedad. Es decir, esta ‘mera legalidad’ se basa en el alto grado de indeterminación semántica que caracteriza a la mayor parte de los tipos delictivos y la discrecionalidad punitiva donde cuando se trata de sancionar la corrupción de funcionarios públicos de alto nivel se invoca la presunción de inocencia y la falta de pruebas quedando éstas siempre en la impunidad -tal es el caso de la impunidad que gozan Mario Marín, Gobernador de Puebla; Ulises Ruiz, Gobernador de Oaxaca; Jorge Hank Rhon en Tijuana; los dueños de la Compañía Minera México y de la Mina Pasta de Conchos; Rubén Figueroa, exgobernador de Guerrero; Luis Echeverría, ex Presidente de México; etc., etc., - y para sancionar la protesta social se invoca la aplicación de todo el peso de la ley, la legalidad, y el Estado de derecho, con pocas o ninguna pruebas y sin garantías de debido proceso para los acusados. Atenco es quizá uno de los ejemplos paradigmáticos donde los líderes del movimiento social fueron sentenciados a 67 años y los policías que violaron y agredieron sexualmente a 26 mujeres no fueron sancionados. Todo en nombre de la legalidad y el estado de derecho.

Así, el argumento que escuchamos una y otra vez por parte del Gobierno Federal y los gobiernos estatales cuando se detiene a líderes de movimientos o se reprime alguna manifestación, es que lo que se protege es el Estado de derecho, la legalidad, y la democracia. En dos ocasiones antes de tomar posesión, Calderón hizo idénticas declaraciones señalando: “jamás renunciaré a mi deber de cumplir y hacer cumplir la ley, con la fuerza de la democracia y el Estado de derecho”, una vez para referirse al tema de seguridad pública y la otra refiriéndose al conflicto en Oaxaca .

Sin embargo, la ‘estricta legalidad’ o imperio de la ley debe ser un universo ético, una exigencia ético-política, más allá del puro derecho positivo, no se refiere al derecho que es, sino al de debe ser. No se realiza, pues, en la mera legalidad.

Es así que el Estado de derecho es el imperio de la ley, pero no cualquier especie de imperio de la ley. También las dictaduras modernas y regimenes totalitarios, pueden alegar la legalidad: también se pueden legislar arbitrariedades: “Estas arbitrariedades legalizadas también son derecho (ilegítimo, injusto) y quien las aplica también es Estado (dictatorial, autoritario), pero no es un Estado de derecho”. Pinochet siempre utilizó el argumento de la defensa de la legalidad, el orden y la libertad cuando durante su dictadura modificando la Constitución para que sus actos represivos fueran ‘legales’.

Lo que en definitiva diferencia de manera radical y substancial al Estado de derecho, es su concepción del imperio de la ley como expresión de la voluntad popular. El concepto de imperio de la ley se comprende y se fundamenta en los derechos fundamentales, que constituyen el núcleo de su misma coherencia interna y también su justa legitimidad. Los derechos humanos – civiles, políticos, económicos, sociales y culturales – constituyen la razón de ser del Estado de Derecho.

Aún más, el Estado de derecho es una noción sustantiva que demanda ciertos resultados sociales o económicos. No es la obediencia ciega a la ley, sino que implica además la protección y garantía de los derechos fundamentales. Esta protección y garantía de los derechos fundamentales es lo que permite que la ley pueda ser construida mediante un proceso participativo y deliberativo.

En México no se puede hablar de que exista una protección y garantía de los derechos humanos de la población que vive en pobreza. Además con una impunidad del 98% en el país, de ninguna manera se puede considerar que ni siquiera exista una ‘mera legalidad’.

Por otro lado, cuando el gobierno habla de Democracia, se refiere a los resultados electorales avalados por las instituciones electorales, se habla de una democracia meramente procedimental y formal, que se relaciona con un Estado de derecho lato o débil.

Desde los derechos humanos una Democracia es una democracia sustantiva, en la que las normas sustanciales sancionan, a través de los derechos fundamentales, los fines del ordenamiento. En una Democracia constitucional como la que presume tener México, ésta debe ser entendida como aquélla democracia que garantiza todos los derechos, no solo los derechos de libertad sino también los derechos sociales; y que al mismo tiempo los garantiza frente a todos los poderes, no sólo frente a los poderes públicos, sino también frente a los poderes privados, no sólo del Estado, sino también del mercado y en todos los niveles, no sólo el federal, sino también el estatal y municipal y el internacional.

Entre los elementos esenciales de la democracia están, por tanto, la satisfacción de las necesidades humanas básicas (alimentación, vivienda, vestido, educación, trabajo). En una sociedad democrática, el orden jurídico sólo se realiza y justifica con la observancia y garantía de los derechos humanos. La protección de estos es un propósito básico del orden jurídico. A su vez, el ejercicio efectivo de la democracia contribuye decisivamente para la observancia y garantía de los derechos humanos, y la plena vigencia de estos caracteriza, en última instancia, al Estado de Derecho.

El ejercicio efectivo de la democracia requiere como presupuesto el ejercicio pleno de los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos. En una Democracia Constitucional, la pobreza extrema es ilegal ya que las condiciones de legitimidad del Estado, es decir las condiciones para que un Estado merezca nuestra obediencia, no se alcanzan allí donde el Estado niega a millones de personas, a través de un orden institucional inequitativo, los recursos mínimos para una vida digna. En resumidas cuentas, no hay democracia sin derechos humanos, tomados estos en su conjunto (derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales) y la plena vigencia de los derechos humanos es lo que caracteriza al Estado de derecho y la legalidad.

En México, en cambio, se aplica un derecho que – como señala Gargarella – acostumbra hacer lo que no debe: “maltrata a quienes debe cuidar, persigue a quienes debe proteger, ignora a quienes debe mayor atención, y sirve a quienes debe controlar” . Es decir, opera un derecho mafioso, donde se aplica la ley de forma discriminatoria, particularmente contra los pobres y quienes se enfrentan al Estado, por lo que no podemos hablar de la existencia de Legalidad, Estado de Derecho o Democracia; cuando el gobierno aduce a estos conceptos - legalidad y Estado de derecho - está hablando de represión y violencia institucionalizada. La criminalización de los movimientos y protestas sociales en México, muestran cuán lejos estamos de la democracia. La CIDH ha señalado que la criminalización de la legítima movilización y protesta social, sea a través de represión directa a los manifestantes, o a través de investigación y proceso criminal, es incompatible con una sociedad democrática donde las personas tienen el derecho de manifestar su opinión.

Por otro lado, el Estado mexicano es un Estado burocráticamente ineficiente y económicamente colonizado por parte de los intereses privados, que no puede cumplir con su dimensión de legalidad. La legalidad que ofrece no sólo descuida la efectivización de muchos derechos de la población en general, sino que manifiesta sus sesgos a favor de los mismos intereses que colonizan al Estado en su faceta de aparato burocrático. En consecuencia no es capaz de actuar como filtro y moderador de las desigualdades sociales. Es también un Estado casi completamente sordo a las demandas de equidad y reconocimiento que surgen del sector popular y al contrario, es reproductor activo de las desigualdades existentes, así como también un facilitador, y no un control, de las más devastadoras consecuencias de la globalización.


LA PROTESTA COMO DERECHO Y COMO EJERCICIO DE DEFENSA DE DERECHOSÇ

El reconocimiento de los derechos humanos es fruto de luchas populares de muchos años en diferentes contextos históricos y sociopolíticos, a través de movimientos y organizaciones sociales. Estos logros se han dado a través de revoluciones y luchas armadas, pero también a través de numerosos métodos de protesta que han permitido visibilizar las condiciones de opresión, pobreza, marginación y discriminación en que vive una parte importante de la sociedad.
Así la protesta es una de las formas de Garantía de los derechos. Es una garantía extrainstitucional o social de los derechos. Es decir, la protesta es un instrumento de defensa o tutela de los derechos que depende directamente de sus titulares. El ejercicio de ciertos derechos civiles y políticos funcionan como garantía por lo menos de expresión de forma de descontento y denuncias en el espacio público respecto al incumplimiento de los derechos. Entre estos derechos, vinculados con el derecho a la protesta y que funcionan como garantías tenemos:

• Libertad de Expresión
• Libertad de Manifestación
• Libertad de Asociación
• Libertad de formar partidos políticos
• Derecho a acceso a la información


El derecho a la protesta es lo que se conoce como Autotutela de derechos. Son formas de acción en las que los propios titulares emplean vías directas para reclamar o defender un derecho. La Autotutela es un derecho civil clásico. El ejemplo más clásico es el derecho a Huelga (el derecho a afectarle al patrón la producción). La historia de los derechos sociales, en gran medida es la historia del empleo de formas de autotutela de derechos y de su posterior reconocimiento. Las acciones de autotutela surgen cuando no existen canales institucionales para resolver los problemas, o éstos canales se han agotado, o cuando los reclamos son ignorados por las instituciones públicas o cuando la gravedad de la violación es enorme.

Las extendidas violaciones a los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales en México, son una forma de violencia estructural. Frente a esta violencia, han surgido a través de los años numerosos movimientos sociales que mediante diferentes formas de lucha han intentado hacer frente a esta violencia estatal.

La protesta social es la expresión del descontento ciudadano frente a decisiones en las que no han estado involucrados y/o que les desfavorecen o perjudican. En México, desde hace muchos años la protesta social ha sido uno de los medios para exigir el cumplimiento de los derechos humanos y, en muchos casos, se ha convertido en la única vía de reclamo de derechos para los menos privilegiados, y quienes son discriminados.

La propia CIDH ha reconocido que “los sectores más empobrecidos de nuestro hemisferio confrontan políticas y acciones discriminatorias, su acceso a información sobre la planificación y ejecución de medidas que afectan sus vidas diarias es incipiente y en general los canales tradicionales de participación para hacer públicas sus denuncias se ven muchas veces cercenados. Ante este escenario, en muchos países del hemisferio, la protesta y movilización social se han constituido como herramientas de petición a la autoridad pública y también como canales de denuncias públicas sobre abusos o violaciones a los derechos humanos”.

Frente al retroceso en el goce de los derechos sociales, el aumento de la inequidad en la concentración de la riqueza y la profundización de la exclusión social, se han generado protestas y movilizaciones sociales en diferentes partes del país. La lucha por el derecho a la tierra, el derecho al medio ambiente sano, las manifestaciones contra reformas económicas y las protestas contra la flexibilización laboral, entre muchas otras, han llevado a miles de defensoras y defensores, líderes estudiantiles, sociales y rurales a organizarse con el fin de luchar por la efectividad de sus derechos.

Ante estas protestas los medios de comunicación y empresarios, entre otros, piden la aplicación de todo el peso de la ley y el respeto a los ‘derechos’ de terceros. Se habla, por ejemplo, de confinar las marchas a lugares donde no afecten la circulación vehicular. Sin embargo, hay que tener en cuenta que las marchas, plantones y cierres de calles son acciones de desafío a los poderes públicos como forma de llamar la atención de la sociedad sobre la existencia de injusticias profundas y de exigir políticas públicas correctivas, es decir, poner a la discusión pública los problemas que se viven en diferentes lugares del país.

La CIDH ha señalado que “las restricciones al ejercicio del derecho de reunión y libertad de asociación son graves obstáculos a la posibilidad que tienen las personas de reivindicar sus derechos, dar a conocer sus peticiones y promover la búsqueda de cambios o soluciones a los problemas que les afectan”.

La CIDH ha considerado que “en una sociedad democrática el espacio urbano no es sólo un ámbito de circulación, sino también un espacio de participación”. Asimismo, la Comisión se ha referido a que la detención de participantes en manifestaciones pacíficas atenta contra la libertad de reunión.

Por su parte la Corte Europea de Derechos Humanos ha establecido que “Una manifestación puede causar molestias u ofender a aquellas personas que se oponen a las ideas o reclamos que la manifestación intenta promover. Sin embargo, los manifestantes deben poder manifestarse sin tener miedo a sufrir violencia física por parte de sus opositores; dicho miedo podría disuadir a asociaciones o grupos de personas que tienen ideas o intereses en común para que no expresen sus opiniones sobre cuestiones sumamente controvertidas que afectan a la comunidad. En una democracia el derecho de oponerse a una manifestación no puede extenderse hasta el punto de inhibir el ejercicio del derecho a manifestarse”.

Asimismo, la CIDH ha señalado que “Las obligaciones estatales en cuanto a la protección y garantía del derecho de reunión, incluyen acciones que de no ser previstas, obstaculizan la labor de defensa de los derechos humanos. Así, los Estados están obligados a asegurar que ninguna defensora o defensor sea impedido de reunirse y manifestarse públicamente, lo cual comprende tanto que las autoridades estatales deben abstenerse de impedir el ejercicio de este derecho, como la provisión de medidas para evitar que terceros lo impidan. Los Estados, además, deben proveer las medidas administrativas y de policía necesarias para que las defensoras y defensores puedan desarrollar su actividad, lo cual implica medidas positivas como la desviación del tráfico y la protección policial de las manifestaciones y concentraciones, en caso de ser necesario”.



POLÍTICA DE REPRESIÓN Y CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL

La política de represión y criminalización de la protesta social implica acciones represivas policiacas que nunca son investigadas y sancionadas, y al mismo tiempo implica hacer legal la injusticia y utilizar la ley para sancionar a quienes se enfrentan al Estado en la lucha por sus derechos.

Durante la era del PRI, los movimientos y protestas sociales fueron frecuentemente reprimidas, como es el caso del 68, el 71 y la represión que se dio durante los años 70 y 80 contra grupos de oposición armada y sospechosos de pertenecer a estos grupos, en los años 90’s encontramos los casos de Aguas Blancas, El Charco y El Bosque, entre otros.

Actualmente, a pesar de la alternancia en el poder en el año 2000 y el fin de la era del PRI como la conocíamos, se siguen dando casos graves de represión contra los movimientos y la protesta social. En el sexenio de Fox, particularmente desde 2004, ocurrieron graves casos de represión como lo fue el caso de los alter mundistas en Guadalajara en 2004 y los casos de Atenco, en el Estado de México y Oaxaca en 2006. Calderón ha continuado e incrementado esta política represiva, la cual tiende a institucionalizarse, por ejemplo, a través del incremento de la militarización y de la propuesta de reforma a la seguridad pública, propuesta por Calderón y aprobada inicialmente por el congreso, que da lugar a un estado policial.

Un Estado represor utiliza, entre otras, las siguientes formas de respuesta ante la protesta social:

• Renuncia al diálogo. Se cierran los espacios de diálogo. Se ignoran las demandas. Se posponen las respuestas. Se crecen los conflictos.

• Represión policial (con policía pública o privada). Se aplica la represi
ón directa mediante la utilización de la violencia física en sus diferentes formas contra los movimientos y protestas sociales: uso desproporcional de la fuerza, secuestro express (la policía detiene, tortura y libera sin poner a disposición de la autoridad), abusos sexuales contra de las mujeres, uso de gases lacrimógenos, amenazas, vigilancia, torturas, cateos ilegales, censura, restricciones para publicar, restricciones para realizar asambleas, reuniones o marchas, etc. Todo esto seguido de la consecuente impunidad para los represores.

• Descalificación. Quienes se manifiestan y protestan son señalados como delincuentes, desestabilizadores y acusados de violar derechos de terceros por la autoridad, los partidos políticos, los poderes privados, etc.

• Militarización de la vida civil. Se militariza la vida civil para que sea el Ejército quien enfrente a la protesta y el descontento social. Esta militarización se da por diversas formas:

o Transferencia de soldados a los cuerpos policíacos, que después serán encargados de reprimir las manifestaciones.
o Designación de Militares en los altos puestos de las instituciones encargadas de la procuración de justicia.
o Participación directa del Ejército en acciones de combate a la delincuencia.
o Instalación de retenes militares con el pretexto del combate al narcotráfico.
o Militarización de comunidades indígenas y de alta marginación mediante la instalación de campamentos militares.


Criminalización de la protesta social. Esta es la judicialización de los conflictos sociales y la renuncia al diálogo y la política. Se lleva el conflicto a la arena judicial y se encarcela y somete a proceso penal a los líderes o participantes de los movimientos y las protestas sociales, quienes entonces deben concentrar sus energías en defenderse de dichas acusaciones. Se trata de la aplicación de una política de criminalización de la protesta social como forma de control del descontento social, empleando cada vez más la legislación penal para enfrentar la protesta social y sus manifestaciones. Las diferentes formas en las que esta Criminalización se manifiesta son:

o Detenciones Arbitrarias y otras violaciones al debido proceso. Se efectúan numerosas detenciones arbitrarias, utilizando la Flagrancia como recurso para detener sin orden judicial a líderes de los movimientos sociales y otros manifestantes; se les impide el acceso a sus expedientes, se alargan injustificadamente los procesos, etc.
o Equiparación de luchadores sociales con delincuentes. Se tacha a los movimientos sociales y a sus protestas como elementos desestabilizadores que atentan contra la seguridad nacional, señalando que no se tolerarán desafíos a la autoridad del Estado. Se les fabrican delitos (pueden ser delitos comunes como robo o portación de arma). Se encarcela a los líderes en centros de alta seguridad como si fueran peligrosos criminales.
o Agravamiento de las acusaciones. Imputación de delitos políticos o contra la seguridad nacional, que son delitos graves, para poder sancionar judicialmente las protestas sociales. Se imponen fianzas que no se pueden cubrir para tenerlos encarcelados mientras se determina su situación jurídica y tener control sobre la negociación. Desde el aparato de justicia al aplicar la ley se adaptan las figuras delictivas para que se puedan aplicar a los actos que se desean penalizar como la equiparación de la retención de funcionarios con el secuestro , teniendo como consecuencia una desproporcionalidad de las penas y la imposibilidad de seguir su proceso en libertad.
o Ilegalización de la protesta social. Se legislan nuevos delitos de una forma tan ambigua que puedan ser utilizados contra los movimientos sociales, como el delito de Terrorismo que se aprobó este año y que señala “se impondrá pena de prisión de seis a cuarenta años y hasta mil doscientos días multa, sin perjuicio de las penas que corresponden por los delitos que resulten, al que utilizando sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radioactivo o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos o armas de fuego, o por incendio, inundación o cualquier otro medio violento, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios públicos, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad para que tome una determinación”.
o Falta de debido proceso penal. Quienes protestan y son detenidos y sometidos a un proceso penal, por lo general, no tienen un debido proceso penal. Se les obstruye el acceso a un abogado, no se les deja conocer el expediente, la carga de la prueba recae en ellos, etc.


LA DEMOCRACIA Y LA PROTESTA SOCIAL

Tenemos así que cuando las personas se organizan, denuncian injusticias y exigen sus derechos, son tratados como delincuentes, y al mismo tiempo, se realizan reformas legales que ilegalizan la protesta social, violando sus derechos a la vida, la integridad física, la libertad de expresión, reunión y asociación, entre otros. Todo esto se hace en nombre de la Legalidad, el Estado de Derecho y la Democracia.

Como se mencionó anteriormente para la CIDH en una sociedad democrática el espacio urbano no es sólo un ámbito de circulación, sino un espacio de participación. Así, Gargarella señala que “el derecho a la libertad de expresión no es un derecho más sino, en todo caso, uno de los primeros y más importantes fundamentos de toda la estructura democrática”. Asimismo recuerda que la doctrina sobre el “foro público” considera justamente a las calles como lugares especialmente privilegiados para la expresión pública.

Como el mismo Gargarella señala “La mayoría de las expresiones públicas de la ciudadanía acarrean costos y molestias para terceros que, sin embargo, y en principio, deben tolerarse en honor a la libertad de expresión” siendo este derecho parte fundamental de la democracia.

Es necesario reconocer, por tanto, que la protesta social en sus diferentes manifestaciones no solamente constituyen el ejercicio de derechos y una forma de luchar por los mismos, sino que también son un aporte a la calidad democrática. Son un llamado de atención sobre las injusticias estructurales con las que de otro modo quienes ostentan el poder político y económico, y una buena parte de la sociedad estarían dispuestos a convivir como parte del paisaje social. Los pocos avances que se han logrado en México en materia de derechos humanos han sido resultado de estos movimientos y luchas sociales.

En las condiciones sociales que se viven en México que hemos mencionado anteriormente, la protesta social, constituye una demanda concreta de ciudadanía. Como lo señala Gargarela: “El derecho a protestar aparece así, en un sentido importante al menos, como el primer derecho: el derecho a exigir la recuperación de los demás derechos”.

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Laporta, Francisco. 2002. “Imperio de la Ley: Reflexiones sobre un punto de partida de Elías Díaz”. En Miguel Carbonell, Wistano Orozco y Rodolfo Vázquez, comps. Estado de derecho: concepto, fundamentos y democratización en América Latina. México, D.F.: Siglo XXI, p. 98
Díaz, Elías. 2002. “Estado de derecho y legitimidad democrática”. En En Miguel Carbonell, Wistano Orozco y Rodolfo Vázquez, comps. Estado de derecho: concepto, fundamentos y democratización en América Latina. México, D.F.: Siglo XXI, pp. 71-72
Ídem. p. 72
Ídem. P. 63
Ferrajolli, Luigi. 2002. “Juspositivismo crítico y democracia constitucional”, ISONOMÍA, No. 16, ITAM. Fontamara, México. p. 13
Ídem.. p. 17
Cançado Trindade, Augusto Antonio. “Democracia y Derechos Humanos: el régimen emergente de la promoción internacional de la democracia y del Estado de derecho” en La Corte Interamericana de Derechos Humanos. La Corte y el Sistema Interamericanos de Derechos Humanos. Rafael Nieto Navia, ed. Corte IDH. San José, Costa. 1994 p. 528
Alegre, Marcelo. “Protestas sociales: ¿violación o reivindicación del derecho? En El derecho a resistir el derecho. Roberto Gargarela. Miño y Dávila eds. Nov. 2005, p.
Cançado, op. cit. p. 532
Gargarella, Roberto. 2005. “El derecho a la protesta, el primer derecho”. AD HOC. Buenos Aires, p. 19
O’Donnell, op. cit. p. 48
OEA-CIDH op. cit., párr. 217
O’Donnell, op. cit. p. 113
Gerardo Pisarello, “Los derechos sociales y sus garantías: por una reconstrucción democrática, participativa y multinivel”, en Gerardo Pisarello, Los derechos sociales y sus garantías. Elementos para una reconstrucción, Trotta, Madrid, 2007, p. 123
Courtis, Christian. 2006. Memoria del Seminario sobre Estrategias de Exigibilidad de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales realizado del 13 al 15 de Noviembre de 2006. Documento interno. RedTDT
OEA-CIDH. Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos de las américas, OEA/Ser.L/V/II.124, 7 de marzo de 2006, p. 215
OEA-CIDH, op. cit. párr. 215
Alegre, op. cit. p. 74
OEA-CIDH, op. cit.. párr. 51
Ídem. Párr. 56
Corte EDH, Caso Plattform “Arzte fur das Leben” c. Austria, Sentencia del 21 de junio de 1988, Serie A. No. 139, párr. 132. Citado en OEA-CIDH, op.cit. párr. 54
OEA-CIDH, op.cit. párr. 54
Rodríguez, Esteban. “El derecho a la protesta, la criminalización y la violencia institucional”. Ensayo. TeritorioDigital.com. 10 de junio de 2007. Disponible en: http://www.territoriodigital.com/nota.aspx?c=4236725030446172
Periódico La Jornada. “No toleraremos desafíos al Estado, advierte Calderón”, Jesús Aranda, Claudia Herrera, Misael Habana Enviados, Corresponsal. 20 enero 2007.
La sentencia a 67 años de prisión a los líderes de Atenco por la retención de funcionarios en febrero de 2006, equiparándolo con secuestro es una muestra de lo anterior.
OEA-CIDH. op. cit. párr. 216
Gargarella, 2005. op. cit. p. 26
Gargarella, 2005. op. cit. p. 27
Gargarella, 2005. op. cit. p. 28
Alegre, op. cit. p. 74
Gargarella, 2005. op. cit. p. 19

miércoles, enero 02, 2008

Parchan viviendas en espera del frío

Gráfica Grupo Reforma
Parchan viviendas en espera del frío

Gregorio Hernández y su familia pasaron el día junto a un fogón en el interior de su tejabán en la Colonia Alianza Real.

Pasan habitantes de zonas marginadas primer día del año tapando rendijas

José Rosario Villasáez/ El Norte

Monterrey, México (2 enero 2008).- El 2008 llegó con el frío de la mano, lo que obligó a familias de escasos recursos a reforzar ayer sus viviendas con cartones, láminas y plásticos, y a buscar el calor de las fogatas.

Mientras que los pocos regiomontanos que se animaron a salir a las calles lo hicieron bien abrigados, habitantes de colonias marginadas de García y Escobedo se la pasaron tapando huecos en sus casas por el descenso en la temperatura.

En el sector conocido como Renacimiento, en García, donde habitan decenas de familias reubicadas del Arroyo El Obispo, los vecinos tuvieron que hacer pegotes a sus viviendas para evitar que se colara el aire frío.

Manuela Zapata Castillo, de 45 años, tuvo que conseguir varias cajas de cartón para poder reforzar el lugar donde habita, conformado principalmente por madera y láminas.

Su nieto Ángel Antonio le ayudó a clavar el material para tapar los hoyos de la pequeña vivienda, mientras que ella aprovechó para lavar ropa, ya que sabe que está pronosticado más frío para hoy.

"Aquí hace mucho frío, el aire es más helado que allá en el Centro (de Monterrey). Si allá están diciendo que están a 4 ó 5 grados, pues aquí estamos a 2 ó 3", expresó Zapata.

En los márgenes del Río Pesquería, también en García, algunas familias también se la pasaron buena parte del día reforzando las viviendas con plásticos, cartones y lonas.

En Escobedo, al hogar de la familia de Gregorio Hernández, en la Colonia Alianza Real, no llega la modernidad, ya que él, su esposa y sus cincos hijos mitigaron el frío con hogueras de leña y tarimas de madera.

Su casa de techo y paredes de lámina, con piso de tierra, albergó un enorme fogón.

"Sabemos que viene la temporada del frío, pero no podemos ir a los albergues del Municipio porque podríamos perder lo poco que tenemos, ya que hay muchos rateros", dijo Hernández.

El frío que se sintió ayer, y que se pronostica seguirá hasta por lo menos hasta mañana, forma parte del frente número 18 que entró al área metropolitana justo con la llegada del Año Nuevo.

Pese al descenso en la temperatura, varios pedigüeños se observaron en las calles del Centro de Monterrey, mientras que algunos indigentes tuvieron que recurrir a las fogatas y a las cobijas para combatir el clima gélido.